Precisan obligatoriedad de presentar informes de control interno y contable por parte de nuevas entidades estatales (10:10 a.m.)
16 de Febrero de 2012
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Nota:
79360
Mediante la Circular Conjunta 1 del pasado 14 de febrero, el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y la Contaduría General de la Nación (CGN) hicieron una serie de precisiones sobre la presentación de los informes anual de control interno y de control interno contable por parte de las entidades surgidas tras la expedición de la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras (Ley 1448/11) y las escindidas, reformadas o creadas en virtud de la Ley 1444 del mismo año, que le otorgó facultades extraordinarias al Presidente de la República para reestructurar el Estado.
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