Precisan aplicación de tributos aduaneros pagados anteriormente a una declaración de importación (8:00 a.m.)
04 de Febrero de 2020
Reproducir
Nota:
115313
La aplicación a una declaración de importación del valor de los tributos aduaneros pagados anteriormente con otra declaración de importación procede, siempre que en la declaración en la que se pretende aplicar el pago anterior ampare la misma mercancía, es decir, a través de una declaración de corrección, modificación o legalización de la declaración anterior. Por lo tanto, precisó la Dian, para el caso bajo análisis, la declaración inicial presentada en zona franca por el usuario industrial es por materia prima, insumos o bien terminado que será incorporado en el bien final, mientras que la segunda declaración corresponde a la subpartida arancelaria del bien final, por lo que no corrige, modifica o legaliza la declaración inicial y, en ese sentido, no es posible en la declaración de importación del bien final llevar como pago de tributos anteriores el valor de los tributos aduaneros liquidados y pagados inicialmente.
Opina, Comenta