Plazo para pago de impuestos con condiciones especiales previsto en la Ley 1430 del 2010 termina el próximo 29 de junio (8:00 a.m.)
25 de Marzo de 2011
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Nota:
72052
Cuando el artículo 48 de la Ley 1430 del 2010 indica las condiciones especiales para el pago de impuestos, tasas y contribuciones dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigencia, el primer día de vigencia, que fue el 29 de diciembre del 2010, es el punto de partida de los seis meses que la misma señala, siendo el último día el próximo 29 de junio, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en oficio de febrero. La entidad aclaró que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 67 del Código Civil, por meses se entienden los del calendario común y los plazos se cuentan desde el día del mes que corresponda hasta el mismo día del mes en que termina, con las excepciones expresamente previstas allí.
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