Norma que determina aportantes de contribución parafiscal de fomento al turismo es inconstitucional (10:37 a.m.)
26 de Septiembre de 2013
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Nota:
91398
La Corte Constitucional declaró inexequible la norma que determina quiénes serán sujetos aportantes de la contribución parafiscal de promoción al turismo. Allí se incluyeron las empresas operadoras de servicios de proyectos de tiempo compartido y multipropiedad, las asociativas de redes de vendedores multinivel de servicios turísticos y los guías (artículo 16, numeral 15, y contra el artículo 16 en su integridad, de la Ley 1558 del 2012 ). Según la sala plena, en el trámite aprobatorio de la norma se desconoció el artículo 154 de la Constitución, debido a que el proyecto no empezó a ser debatido en el escenario que le era propio, la Cámara de Representantes, donde deben originarse los asuntos tributarios. La Procuraduría había respaldado la constitucionalidad de la norma. Los magistrados Luis Guillermo Guerrero y Alberto Rojas salvaron el voto.
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