Modificaciones al Decreto 2685 de 1999 sobre términos de inspección aduanera no derogan ni modifican las causales de aprehensión previstas en la norma (12:12 p.m.)
16 de Marzo de 2011
Reproducir
Nota:
72204
Las modificaciones introducidas al artículo 127 del Decreto 2685 de 1999 por el artículo 3 del Decreto 111 del 2010 y a la Resolución 4240 del 2000 por el artículo 1 de la Resolución 733 del 2010 no derogan ni modifican el numeral 1.25 del artículo 502 del Decreto 2685 de 1999, pues este se refiere a la causal de aprehensión de mercancías por presentar documentos soporte que no correspondan a la operación de comercio exterior o a no presentarlos en debida forma y aquellas a los términos para la inspección aduanera, precisando los efectos de su práctica. Así lo indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en oficio del 11 de febrero.
Opina, Comenta