Tributario
Gobierno fija tarifa de retefuente de ingresos por exportación de hidrocarburos
12 de Mayo de 2011
El artículo 50 de la Ley 1430 del 2010 sometió los ingresos por exportación de hidrocarburos y demás productos mineros al mecanismo de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta.
El Gobierno fijó la tarifa aplicable, a través del Decreto 1505 del 2011, expedido el pasado 9 de mayo. La norma señala que será del 1% sobre el valor bruto del pago o abono en cuenta en divisas provenientes del exterior, y aclara que, para efectos de la retención, el beneficiario del ingreso operará como autoretenedor.
Además, sometió a retención en la fuente los ingresos provenientes de la venta de oro a las sociedades de comercialización internacional. Esa tarifa también es del 1% sobre el valor total del pago o abono en cuenta.
(Minhacienda, D. 1505, mayo 9/11)
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