Artículo del Decreto 522/03, sobre documento equivalente a la factura, fue eliminado por Decreto 358/20
19 de Enero de 2023
El artículo 3 del Decreto 522 del 2003, sobre documento equivalente a la factura en adquisiciones efectuadas por responsables del régimen común a personas naturales no comerciantes o inscritas en el régimen simplificado, fue compilado en el artículo 1.6.1.4.40. del Decreto 1625 del 2016.
Dicha disposición, indicó la Dian, permitía al adquirente, responsable del régimen común del IVA y que adquiriera bienes o servicios de personas naturales no comerciantes o inscritas en el régimen simplificado del IVA, expedir a su proveedor un documento equivalente a la factura.
No obstante, fue eliminada mediante el Decreto 358 del 2020, que sustituyó el Capítulo 4 (facturación) del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del citado Decreto 1625, estableciéndose, entre otras cosas, el documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.
Así las cosas, el artículo 1.6.1.4.12 permite elaborar el documento soporte que pruebe la respectiva transacción que da lugar a costos, deducciones o impuestos descontables, cuando esta se lleva a cabo con sujetos no obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente.
En todo caso, señaló la entidad, este artículo se debe aplicar e interpretar de manera armónica con el artículo 615 del Estatuto Tributario, sobre obligación de expedir factura, y los artículos 1.6.1.4.2, sobre sujetos obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente, y 1.6.1.4.3, sobre sujetos no obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente, del Decreto 1625 del 2016, entre otras normas.
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