Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Listo texto del fallo que pide al Presidente que realice una declaración interpretativa al convenio que define la zona especial de frontera con Brasil (2:45 p.m.)

83270

02 de Agosto de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Corte Constitucional publicó el texto del fallo que declaró exequible el Acuerdo celebrado con Brasil para el establecimiento de la zona del régimen especial fronterizo para las localidades de Tabatinga (Brasil) y Leticia (Colombia), y su ley aprobatoria (Ley 1463 del 2011). Según el fallo, el acuerdo promueve la integración latinoamericana, la intervención en la economía encaminada a lograr mercados más eficientes y el establecimiento de reglas especiales para las zonas de frontera. Adicionalmente, el desarrollo de esta zona de frontera constituye una forma de expresión de la descentralización territorial y de la autonomía de los departamentos y municipios. De igual forma, resaltó que el instrumento contiene limitaciones al régimen especial de frontera, como que las autoridades nacionales no pierdan su competencia para desplegar actividades de inspección de las mercancías que circulan. A su juicio, estas medidas constituyen una expresión del principio de soberanía. Por último, indicó que frente a una de las disposiciones del acuerdo, el Presidente de la República debe realizar una declaración interpretativa. Ello por cuanto el precepto no habilita a las autoridades aduaneras colombianas a crear o establecer faltas o sanciones, sino para identificar aquellas ya existentes en cada ordenamiento y que resultarían aplicables en la zona de frontera (M.P. Mauricio González Cuervo).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)