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Ingresos por la enajenación en el país de ETF del exterior no son de fuente nacional (8:30 a.m.)

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18 de Diciembre de 2012

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Los ingresos obtenidos por la enajenación en el país de exchange traded funds (ETF) del exterior listados en los sistemas de cotización de valores extranjeros no son de fuente nacional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Estatuto Tributario, por no encontrarse en los valores transados dentro del país al momento de su enajenación, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En este evento, dichos valores están en el exterior bajo custodia y administración de agentes especializados con los que el depósito centralizado de Colombia haya suscrito acuerdos o convenios. La entidad modificó la doctrina de los oficios 35813 del 2011 y 12850 del 2012.

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