Ingresos percibidos por uniones temporales como contraprestación de contratos estatales están gravados con el impuesto de renta (10:07 a.m)
16 de Agosto de 2017
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Nota:
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La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que los ingresos que perciben las uniones temporales como contraprestación por la ejecución de contratos celebrados con entidades estatales están gravados con el impuesto de renta en cabeza de cada uno de sus miembros. Según la corporación, es por eso que las partes de una unión temporal deben llevar su contabilidad y declarar de manera independiente los ingresos, costos y deducciones que les correspondan, de acuerdo con su participación (C. P. Carlos Enrique Moreno).
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