Indemnizaciones por perjuicios morales están sometidas al impuesto sobre la renta (4:33 p.m.)
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05 de Diciembre de 2019
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Los ingresos por concepto de indemnizaciones están gravados con el impuesto sobre la renta, excepto en lo que corresponde a indemnizaciones por daño emergente de acuerdo con su definición legal. Por lo tanto, indicó la Dian, las indemnizaciones que corresponde a lucro cesante y otras categorías de perjuicios indemnizables están gravadas, por no estar expresamente excluidas en la ley de la retención por impuesto de renta, de tal manera que indemnizaciones como las correspondientes a perjuicios morales están sometidas al impuesto sobre la renta. La entidad aclaró que la interpretación vigente en este tema es la contenida en el Oficio 3209 del 2018, por lo que revocó la respuesta número 5 del Oficio 33661 del 2018.
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