Hacen precisión sobre la renta presuntiva definitiva de bienes vinculados a la minería (12:02 p.m.)
11 de Abril de 2018
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Nota:
61253
En cuanto a la determinación de la renta presuntiva definitiva en materia tributaria, una fallo de la Sección Cuarta del Consejo de Estado indica que el artículo 189 del Estatuto Tributario establece un procedimiento específico, según el cual una vez determinado el valor inicial de renta presuntiva obtenido al detraer de la base de cálculo los valores permitidos por la norma se suma la renta gravable generada por los activos exceptuados que, para el caso del literal d) del mencionado artículo, corresponde a los bienes vinculados directamente a la actividad minera (distinta de la explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos). Lo anterior con el fin de fijar el valor definitivo de renta presuntiva comparable con la renta líquida ordinaria. En el documento adjunto a esta nota encuentre la aplicación de esta tesis con el caso concreto objeto de estudio (C. P. Stella Jeannette Carvajal).
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