Función de auditoría en materia contable de la Contraloría General debe someterse a las normas y procedimientos establecidos por la Contaduría General (10:30 a.m.)
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23 de Noviembre de 2011
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EL Consejo de Estado recordó que la Contaduría General de la Nación es la máxima autoridad contable del país, razón por la cual los procedimientos contables que deben seguir las entidades del Estado deben estar sujetos a las directrices emanadas por la Contaduría. Al resolver un conflicto de competencias entre la Contraloría y la Contaduría General, la Sala de Consulta y Servicio Civil señaló que la entidad competente para determinar el procedimiento contable para la amortización del cálculo actuarial del pasivo pensional del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República (Fonprecom) es la Contaduría. Añadió que la Contraloría no puede apartar su auditoría, en lo que atañe al balance general y demás materias contables, de las normas y procedimientos contables señalados por la Contaduría General y que las decisiones que en materia contable adopte esta entidad tienen el carácter de vinculantes (C. P. Luis Fernando Álvarez).
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