Tributario
Traslado entre cuentas de un mismo titular para negociación de divisas está exento del GMF
16 de Agosto de 2011
El traslado de dinero de una cuenta corriente o de ahorros hecho por el único titular para adquirir divisas con la misma entidad financiera está exento del gravamen a los movimientos financieros (GMF), precisó la DIAN.
El numeral 1º del artículo 8º del Decreto 660 del 2011, sobre traslados exentos del GMF, no limita la forma utilizada para realizar la operación. Lo que exige es que el traslado de recursos se dé en la misma entidad, que se realice a nombre de un mismo y único titular y que la inversión corresponda a una de las operaciones previstas, como la negociación de divisas.
Por lo tanto, para el caso analizado por la DIAN, el mercado spot o forward (una forma de negociación de divisas contra moneda nacional) no trasciende los requisitos de la norma y, en consecuencia, está exento.
Sin embargo, cuando se retiren los dineros producto de la monetización de las divisas u operaciones, dichas transacciones estarán gravadas, de acuerdo con el artículo 871 del Estatuto Tributario, advirtió la entidad.
(DIAN, Cpto. 50942, jul. 12/11)
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