Reducción sancionatoria del artículo 640 del Estatuto Tributario no aplica tratándose de infracciones cambiarias
16 de Enero de 2023
El artículo 640 del Estatuto Tributario dispone que la reducción sancionatoria a que se refiere aplica en torno al régimen sancionatorio tributario, mientras que el Decreto 2245 del 2011, por el cual se establece el régimen sancionatorio y el procedimiento administrativo cambiario, señala en el artículo 23 los términos y condiciones para que opere la sanción reducida en el caso de las infracciones cambiarias.
Así las cosas, precisó la Dian, tratándose de infracciones cambiarias, la reducción de las sanciones a la que haya lugar opera en los términos dispuestos en el artículo 23 del Decreto Ley 2245 del 2011 y no según lo preceptuado en el artículo 640 del Estatuto Tributario, teniendo en cuenta el ámbito de aplicación de una y otra norma.
Sin perjuicio de lo anterior, señaló la entidad, para efectos de la actualización del valor de las sanciones cambiarias pendientes de pago, el artículo 41 del Decreto 2245 del 2011 remite, en lo pertinente, al artículo 867-1 del Estatuto Tributario, sobre actualización del valor de las sanciones tributarias pendientes de pago.
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