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Estos son los sujetos que no pueden optar por el impuesto unificado en régimen Simple (8:50 a.m.)

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17 de Mayo de 2019

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) precisó cuáles sujetos no pueden optar por el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - Simple. Con base en esta disposición, aseguró que no pueden optar por este régimen las sociedades cuyos socios o administradores tienen una relación laboral de subordinación con un tercer sujeto contratante y cuando la relación laboral consista en la prestación de servicios personales de manera habitual. Cabe precisar que el artículo 906 del Estatuto Tributario enlista los sujetos que no pueden optar por el impuesto unificado, y el numeral 4º incluye a los mencionados socios o administradores.

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