Estos son los precios de referencia para liquidar impuestos sobre los combustibles desde el 1° de enero del 2012 (10:15 a.m.)
02 de Enero de 2012
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Nota:
78065
A partir de la fecha, para el cálculo de la sobretasa y la liquidación del IVA de la gasolina corriente y extra, del ACPM, del diésel marino y del electrocombustible de producción nacional, deberán tenerse en cuenta los valores establecidos en la Resolución 182332 del 2011 del Ministerio de Minas.
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