14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Establecimientos para el consumo de alimentos y bebidas no podrán expedir “prefacturas” y hoteles podrán adoptar un control de consumos (2:10 p.m.)

22 de Septiembre de 2011

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Nota:
74973
Con el propósito de simplificar el suministro de información sobre la voluntariedad de la propina a los clientes de establecimientos para el consumo de alimentos y bebidas (hoteles, restaurantes, bares, clubes sociales o culturales, discotecas, cafeterías y similares) y reiterar la obligación de sus propietarios o administradores de emitir siempre la factura o el documento equivalente, la Superintendencia de Industria y Comercio aprobó la Circular Externa 20. Tales establecimientos no podrán expedir documentos diferentes a la factura, independientemente de su denominación (“prefactura”, cuenta de cobro, “precuenta”, orden de pedido, etc.), advierte la norma. De otro lado, teniendo en cuenta que en los hoteles, usualmente, el consumidor acumula el pago de los diferentes servicios que ha recibido y los paga al final de su estadía, el organismo autorizó la adopción de un mecanismo de control de consumos parciales, que permita totalizarlos al final en la factura.

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