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Esta sería la reglamentación para la devolución de dos puntos del IVA por compras con tarjetas débito, crédito y banca móvil (2:55 p.m.)

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05 de Septiembre de 2013

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Las personas naturales que adquieran bienes o servicios a la tarifa general y del 5 % del impuesto sobre las ventas (IVA) mediante tarjetas de crédito, débito o a través del servicio de banca móvil, tendrían derecho a la devolución de dos puntos del impuesto sobre las ventas pagado, propone el Ministerio de Hacienda. También plantea que la DIAN realizará dicha devolución a través de la entidad emisora de la tarjeta, que tendría que acreditar los recursos correspondientes en la cuenta corriente o de ahorros de la tarjeta. A más tardar el 1º de octubre de este año, las personas y establecimientos de comercio afiliados al sistema de tarjetas de crédito y/o débito o servicios de banca móvil deberán indicar en el comprobante de pago con tarjeta el valor del IVA generado y pagado. Así mismo, la norma derogaría los decretos 428, 1846 y 2084 del 2004. Los comentarios sobre el proyecto serán recibidos hasta mañana 6 de septiembre, a través del correo: comentariossugeranciasaproyectos@dian.gov.co.

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