Entregan facultades para rechazar el régimen de tránsito aduanero (3:43 p.m.)
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09 de Marzo de 2011
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales acaba de modificar la Resolución 4240 del 2000, para que el jefe de la División de Gestión de la Operación Aduanera de la aduana de partida pueda rechazar el régimen de tránsito aduanero si detecta que se afectaría el interés fiscal del Estado. Puntualmente, la norma se refiere a inconsistencias relacionadas con el peso de la unidad de carga, la cantidad reportada, la naturaleza de la mercancía, el promedio de precios del mercado o si la dirección reportada en el RUT del destinatario difiere de la verificada por la autoridad.
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