Tributario
Instituciones educativas municipales son sujetos pasivos del GMF
07 de Octubre de 2013
Los usuarios y clientes de las entidades vigiladas por las superintendencias Financiera y de la Economía Solidaria son sujetos pasivos del gravamen a los movimientos financieros (GMF), por lo que este se causa al ocurrir cualquiera de los hechos generadores previstos en el artículo 871 del Estatuto Tributario, es decir, depósito de recursos en cuentas corrientes o de ahorros, cuentas de depósito en el Banco de la República o giros de cheques de gerencia, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
En el caso de las instituciones educativas del orden municipal, por ser titulares de cuentas corrientes y de ahorros, están obligadas al pago, salvo que sus operaciones se califiquen como exentas. En este caso, la entidad financiera actuará como agente de retención.
En ese sentido, la DIAN recordó que el GMF es un impuesto creado en virtud de la Ley 633 del 2000, a cargo de los usuarios del sistema financiero y de las entidades que lo conforman.
La semana pasada, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, radicó ante la Secretaría de la Cámara de Representantes el proyecto de ley que extiende por un año el desmonte del GMF, conocido como cuatro por mil.
Según Cárdenas, la iniciativa establece el desmonte del impuesto a partir del 2015, cuando bajará al dos por mil; en el 2016, descendería al uno por mil, y desaparecería en el 2018. “Con estos recursos, por 3,1 billones, se va apoyar a la familia campesina colombiana y se acompañará el trabajo del pacto nacional agropecuario”, aseguró.
(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Concepto 611 (52280), ago. 21/13)
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