DIAN se pronuncia en varios oficios de junio sobre la progresividad en renta para las pequeñas nuevas empresas (2:20 p.m.)
13 de Julio de 2012
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Nota:
82211
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se pronunció en varios oficios de junio sobre la progresividad en el impuesto de renta para las pequeñas nuevas empresas, en virtud de lo previsto en la Ley 1429 del 2010 y el Decreto 4910 del 2011. En Concepto 35973, la entidad precisó que las empresas que reciban ingresos de origen diverso y ajeno a la actividad mercantil deben llevar cuentas separadas en la contabilidad, pues dichas rentas no gozan del beneficio mencionado; en Concepto 35974, señaló que la información que deben allegar las empresas a la administración de impuestos corresponde al curso normal de sus actividades, por lo que descartó la posibilidad de modificar los plazos establecidos por el legislador; en Concepto 35975, indicó que los beneficios consagrados en la Ley 1429 solo cobijan actividades mercantiles; en Concepto 35976, aclaró que en todo momento del año gravable el contribuyente debe mantener el monto de los activos, sin exceder el señalado en la ley, para que el beneficio no se torne improcedente, y en Concepto 36397, precisó que quienes no están obligados a inscribirse en el registro mercantil, como es el caso de quienes ejercen profesiones liberales, no se enmarcan dentro del tratamiento especial de las normas en mención.
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