Definen cupos de alimentos para consumo en municipios fronterizos cuya importación no causará IVA (10:35 a.m.)
20 de Marzo de 2012
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Nota:
79809
Mediante el Decreto 561 del 16 de marzo, el Gobierno estableció las cantidades máximas de alimentos para consumo humano y animal procedentes de Venezuela, Brasil y Perú cuya importación estará exenta del impuesto sobre las ventas durante el presente año, siempre y cuando se destinen al consumo local en los departamentos de Amazonas, Guainía, Vaupés, Vichada y La Guajira.
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