Declaración de retenciones sin pago se torna ineficaz: DIAN (3:24 p.m.)
14 de Septiembre de 2016
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Nota:
123610
Las retenciones realizadas y dejadas de pagar son una obligación de carácter sustancial, porque se refieren a dinero por concepto de retenciones practicadas por el agente de retención a los contribuyentes, razón por la que la declaración de retenciones sin pago se torna ineficaz, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Así, la obligación de pago es sustancial y la de declarar es formal. Por lo tanto, la obligación de pagar tanto las retenciones practicadas como los intereses y sanciones tiene su fundamento legal en las normas que establecen la retención (artículos 365 y siguientes del Estatuto Tributario), deberes del agente de retención (artículos 375 y 376), intereses (artículos 377 y 634), sanciones por extemporaneidad (artículo 641) y por no declarar (artículo 643), entre otras.
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