Coronavirus (covid-19)Suspenden términos en procesos tributarios tramitados ante la Secretaría de Hacienda de Bogotá
08 de Mayo de 2020
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La Secretaría de Hacienda de Bogotá, a través de la Resolución 223, del 30 de abril, prorrogó la suspensión de términos en los procesos que adelantan las direcciones distritales de impuestos y de cobro de la entidad, desde el 4 de mayo hasta el 30 de mayo del 2020, fechas en las que no correrán los términos para todos los efectos legales. La Resolución 177, del 24 de marzo, dispuso inicialmente la suspensión desde el 20 de marzo hasta el 4 de mayo, inclusive, dentro de los procesos administrativos de competencia de la entidad, desarrolladas en los procesos de gestión, fiscalización, determinación, discusión, devolución, cobro de obligaciones tributarias, cobro de obligaciones no tributarias y depuración de cartera, quedando comprendidas en esta suspensión los derechos de petición presentados dentro de estos procesos. Por su parte, la Resolución 219, del 23 de abril, adicionó un parágrafo al artículo 1º de la Resolución 177, en el sentido de establecer algunas excepciones a la medida de suspensión de términos, las cuales se mantienen.
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