Coronavirus (covid-19)Solicitudes de devolución y/o compensación de saldos de renta e IVA inadmitidas pueden abreviarse
02 de Julio de 2020
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Nota:
116742
Las solicitudes de devolución y/o compensación de saldos a favor en el impuesto sobre la renta y el impuesto sobre las ventas inadmitidas dentro del trámite de procedimiento abreviado, en los términos del Decreto 535 del 2020, modificado por el Decreto 807 del 2020, podrán subsanarse dentro del mes siguiente a su inadmisión y, de esta manera, continuar su trámite abreviado. De lo contrario, no podrán continuar de esta manera y se adelantarán conforme al procedimiento ordinario de devolución y/o compensación de saldos a favor de que trata el artículo 850 del Estatuto Tributario y demás disposiciones correspondientes. Así lo precisó la Dian, en reciente concepto, a través del cual realizó una interpretación normativa sobre la inadmisión de las solicitudes presentadas con fundamento en el procedimiento abreviado de devolución y/o compensación de saldos a favor dispuesto por el Decreto 535.
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