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Coronavirus (covid-19)Aplicación del impuesto solidario por covid-19 analiza el momento del pago o abono en cuenta

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24 de Junio de 2020

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El impuesto solidario por covid-19 se determina con base en el pago o abono en cuenta de los salarios y honorarios mensuales periódicos de $ 10 millones o más a favor de los servidores públicos y contratistas de que trata el Decreto 568 del 2020. Por lo tanto, indicó la Dian, estarán sometidos a dicho impuesto los salarios y honorarios de $ 10 millones o más que se paguen o abonen en cuenta en el periodo que aplica el impuesto, es decir, a partir del 1 de mayo y hasta el 31 de julio del 2020, con independencia del momento en el cual se prestan los servicios objeto del contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública. Así las cosas, más allá de que corresponda a servicios prestados antes del 1 de mayo o después del 31 de julio, es necesario analizar el momento del pago o abono en cuenta para efectos de determinar si surge la obligación tributaria.

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