Contaduría determina entidades públicas obligadas a adoptar las NIIF (9:15 a.m.)
23 de Diciembre de 2013
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Nota:
93714
La Superintendencia Financiera señaló el procedimiento para la remisión y divulgación de la información de los 20 principales accionistas vigilados mencionados en el inciso primero del numeral 1 del parágrafo tercero del artículo 75 de la ley 964 de 2005 inscritos como emisores en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE), a través del nuevo formato 190. De otra parte, sustituyó los formatos 142 y 188 de la Circular Externa 002 del 2001 de la anterior Superintendencia de Valores (activos y pasivos a corto plazo) por los formatos 143 y 189, con el fin de incluir cuentas relevantes para conocimiento del público inversionista, y modificó el anexo guía básica para la transmisión de estados financieros. Igualmente, ajustó el subnumeral 3.5 de la Circular Externa 004 del 2012 con el fin de hacer concordante el plazo establecido en el Capítulo IV de la Circular Externa 002. Por último, indicó que las entidades contarán con el periodo comprendido entre el 20 y 31 de enero del 2014 para la realización de pruebas relacionadas con la transmisión de la información establecida en los formatos 143, 189 y 190 según les resulten aplicables, las cuales deberán realizarse con los datos correspondientes al corte de septiembre del 2013.
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