Sancionada la Ley de Cine (10:40 a.m.)
12 de Julio de 2012
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Nota:
82250
Para fomentar la realización de grandes producciones en el país, la Ley 1556 ofrece una serie de beneficios económicos a los productores de obras cinematográficas rodadas en Colombia. Por ejemplo, establece una contraprestación equivalente al 40 % del valor del gasto que realicen en la contratación de servicios nacionales de preproducción, producción y posproducción y otra del 20 % por el gasto que realicen en hoteles, alimentación y transporte. Los recursos para estos reconocimientos provendrán del Fondo Fílmico Colombia, una cuenta especial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que se nutrirá principalmente del presupuesto nacional. De acuerdo con la norma, habrá visas especiales para talento cinematográfico y el Ministerio de Relaciones Exteriores desarrollará un régimen especial para el ingreso del personal artístico, técnico y de producción extranjero sin necesidad de la expedición de visas de trabajo.
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