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Responsabilidad del operador de zona franca por el hurto de bienes se limita a tributos y sanciones (3:24 p.m.)

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30 de Agosto de 2012

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El usuario operador de zona franca debe responder ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales respecto a los bienes que sean sustraídos u objeto de pérdida en sus instalaciones, a menos que demuestre que la causa es imputable exclusivamente al usuario industrial de bienes o de servicios o al usuario comercial, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Dicha responsabilidad es por los tributos aduaneros y las sanciones a que haya lugar, independientemente de la responsabilidad por los posibles hechos punibles que llegaren a existir y que son competencia de la jurisdicción penal.

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