Naves extranjeras podrán prestar el servicio de dragado en territorio colombiano (2:58 p.m.)
Openx [71](300x120)
75362
06 de Septiembre de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
Con el propósito de garantizar la competitividad nacional en el sector portuario y fomentar su crecimiento, estabilidad y mayor eficiencia, el Gobierno acaba de autorizar a las naves de bandera o matrícula extranjera para prestar el servicio de dragado en los espacios marítimos jurisdiccionales colombianos, siempre y cuando obtengan los permisos previstos en el ordenamiento jurídico vigente. La medida adiciona el Decreto 1423 de 1989, según el cual únicamente las naves de bandera colombiana pueden prestar servicios portuarios en el país, con algunas excepciones.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!