Modifican presentación de las declaraciones de importación que no generen pago inmediato (10:35 a.m.)
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07 de Junio de 2018
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Las declaraciones de importación formulario 500 y declaración de importación simplificada formulario 510 que no generen la obligación de pago inmediato de los tributos aduaneros como condición para obtener la autorización de levante no deben presentarse en las entidades autorizadas para recaudar. En adelante, el sistema informático SYGA Importaciones realizará internamente la asignación de número y fecha de adhesivo con el cual se adelantará el proceso de nacionalización de mercancías, indicó la Dian en una reciente resolución. La remisión y el procedimiento para la entrega a la Dian de las declaraciones de importación no presentadas ante las entidades autorizadas para recaudar se adelantará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82-1 y 82-2 de la Resolución 4240 del 2000.
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