Dian explica alcances de simplificación en la nacionalización de mercancías (8:19 a.m.)
15 de Junio de 2018
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Nota:
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Según lo establecido en la Resolución 034 del 2018, como condición para obtener la autorización de levante no será necesario presentar en las entidades autorizadas para recaudar las declaraciones de importación que no generen obligación de pago inmediato de los tributos aduaneros. A partir del 17 de junio estará disponible el servicio de nacionalización de mercancías en el sistema informático SYGA Importaciones, el cual realizará internamente la asignación de número y fecha del consecutivo del autoadhesivo con el cual se adelantará el proceso. Una vez aceptada la declaración de importación, el SYGA generará la opción de “Presentación Automática” de la declaración, si con la misma no se liquida el valor a pagar; si el usuario la elige, el sistema generará el número de sticker y fecha, con el cual se debe presentar la solicitud de levante y continuar con el proceso de nacionalización. Cuando no se elija esta opción se deberá realizar la presentación de la declaración de importación ante las entidades autorizadas para recaudar y se continuará con el procedimiento como se adelanta en la actualidad.
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