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Convenio para la protección de obtenciones vegetales omitió la consulta previa a comunidades indígenas: Corte Constitucional (9:35 a.m.)

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10 de Diciembre de 2012

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Sin vigencia jurídica terminó una de las leyes para implementar el TLC negociado con EE UU, se trata de la que contenía el Convenio internacional para la protección de obtenciones vegetales. La Corte Constitucional consideró que muchos de los productos derivados de la vegetación tienen un carácter ancestral para los indígenas y deben salvaguardarse por encima de las patentes que sobre nuevos hallazgos pretendía defender este instrumento internacional. La Sala Plena consideró inexequible la Ley 1518 del 2011, por omitir la consulta previa a los indígenas y no tener en cuenta que su vigencia afectaría de manera notoria y definitiva el desarrollo natural de la biodiversidad producto de las condiciones étnicas, culturales y los ecosistemas en los que habitan estas comunidades. Los magistrados Mauricio González y Jorge Ignacio Pretelt salvaron el voto, por considerar que el convenio no afectaba directamente a comunidades raizales, pues contenía aspectos generales sobre obtenciones vegetales ( M.P. Luis Guillermo Guerrero).

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