Comercialización de envases vacíos no es causal de aprehensión de mercancía (12:02 p.m.)
28 de Mayo de 2012
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Nota:
81461
De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Decreto 2141 de 1996, sobre aprehensiones, decomisos y venta de mercancías decomisadas o declaradas en abandono, la comercialización de envases vacíos no está relacionada con ninguna causal de aprehensión, independientemente de que se trate de envases de licor, indicó el Ministerio de Hacienda. En el evento de incautación y para efectos de investigar la comisión del delito previsto en el artículo 373 de la Ley 599 del 2000, relacionado con imitación o simulación de alimentos, productos o sustancias, se debe dejar la mercancía a órdenes de la autoridad penal respectiva, para el inicio de la acción penal correspondiente, en la que el propietario de la misma podrá ejercer su derecho de defensa.
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