Beneficio de auditoría es norma de orden público y no un derecho renunciable (11:05 a.m.)
16 de Mayo de 2012
Reproducir
Nota:
80839
El beneficio de auditoría es una prerrogativa legal que reduce el término general de firmeza de las declaraciones privadas, por razones de política fiscal. Así las cosas, es una norma procesal de orden público y de carácter obligatorio y no un derecho personalísimo renunciable por parte del declarante de renta, advirtió la Sección Cuarta del Consejo de Estado. En ese sentido, indicó que ese beneficio opera cuando se cumplan las condiciones previstas en el artículo 689-1 del Estatuto Tributario, pero no es un derecho de escogencia, porque esto implicaría convertir un término legal en facultativo (C.P. Carmen Teresa Ortiz).
Opina, Comenta