Autoridades ambientales territoriales pueden fijar tarifas para desarrollar actividades de publicidad exterior visual en automotores (9:26 a.m.)
27 de Septiembre de 2018
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Nota:
109449
Una providencia reciente del Consejo de Estado, que estudia el principio de rigor subsidiario, concluyó recientemente que el ordenamiento jurídico habilita a las autoridades ambientales, en este caso del orden territorial, a realizar las recaudaciones pertinentes con el fin de adelantar el trámite de autorización y registro de la publicidad exterior visual en automotores. Lo anterior quiere decir que la reglamentación ambiental atribuye a las autoridades distritales la facultad para expedir la reglamentación necesaria sobre publicidad exterior visual en su ámbito territorial (M. P. María Elizabeth García).
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