Así opera el cambio de grupo de información financiera por efectos de una adquisición
14 de Abril de 2020
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Nota:
115724
Si una entidad debe, voluntaria u obligatoriamente, cambiarse del grupo 2 al grupo 1 de información financiera es necesario que prepare su estado de situación financiera de apertura (separado) al inicio del periodo siguiente al cual se presenta la nueva situación, con base en la evaluación de las condiciones para pertenecer al Grupo 1, efectuada con referencia a la información correspondiente al periodo anterior a aquel en el que se tome la decisión o se genere la obligatoriedad de cambio de grupo, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Por lo tanto, si una entidad fue adquirida en el año 2019 y, de forma voluntaria u obligatoria, decide cambiar de grupo se elaborará el estado de situación financiera de apertura al inicio del periodo siguiente, es decir, el periodo de transición sería el año 2020 y el primer periodo de aplicación el año 2021, teniendo como última fecha de presentación de los estados financieros con fundamento en el marco anterior el 31 de diciembre de 2020.
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