14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Alquiler de tarimas, equipos de sonido e iluminación y plantas eléctricas para espectáculos públicos no está excluido de IVA (8:15 a.m.)

30 de Abril de 2014

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Nota:
95918
Si bien el servicio de montaje de tarimas, equipos de sonido e iluminación y plantas eléctricas para la organización de la escenografía de espectáculos públicos de artes escénicas está excluido del impuesto sobre las ventas, en los términos del artículo 6° de la Ley 1493 del 2011 y del artículo 5° del Decreto 1258 del 2008, sobre servicios artísticos excluidos, la prestación del servicio de alquiler de dichos bienes no lo está, pues no fue expresamente consagrada en las disposiciones mencionadas ni en el artículo 476 del Estatuto Tributario. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en oficio de enero.

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