Admiten otras demandas contra el nuevo arancel judicial (8:15 a.m.)
20 de Septiembre de 2013
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Nota:
91543
La Corte Constitucional admitió otra acción de inconstitucionalidad contra la Ley 1653 del 2013, que regula el arancel judicial, y contra el numeral 4º del artículo 84 de la Código General del Proceso (Ley 1564 del 2012), que consagra la prueba del pago del arancel judicial como anexo de la demanda. A juicio del demandante, la norma crea una contribución parafiscal de naturaleza tributaria a favor de la Rama Judicial, desatendiendo su carácter excepcional (numeral 12 del artículo 150 y 341 de la Constitución). En el escrito también se señala que es inconstitucional que el actor deba pagar antes de demandar y que la falta de pago sea causal de admisión, ya que el hecho generador es posterior al pago de la obligación e incierto al estar sometido a la eventualidad de que haya proceso. Vale la pena mencionar que la Corte Constitucional decidió acumular otra demanda a este expediente, que considera que el artículo 6º de la Ley 1653 vulnera los derechos de igualdad procesal, debido proceso, tutela jurisdiccional efectiva, autonomía e independencia de la jurisdicción y el acceso a la jurisdicción (demandantes: Manuel Antonio Ballesteros Romero y Nicolás Henao Bernal).
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