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Administrador de la copropiedad debe preparar el informe de ejecución presupuestal

Debe garantizar un control directo entre lo aprobado por la asamblea y los valores debidamente ejecutados.

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Lo que debe saber de la Ley de Borrón y Cuenta Nueva (Freepik)

01 de Septiembre de 2022

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Al final de cada ejercicio, corresponde al administrador de la copropiedad preparar y someter a consideración del consejo de administración el informe de ejecución presupuestal, que generalmente presenta diferencias con el presupuesto inicialmente aprobado, junto con las respectivas explicaciones de las variaciones más importantes.

Por lo tanto, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, el presupuesto es una herramienta de gestión que la Ley 675 del 2001 ha previsto para tal fin, de manera que su ejecución debe guardar relación directa con los registros contables y otras formalidades de la contabilidad.

En su elaboración debe tenerse en cuenta que los saldos de efectivo restringido, como es el caso de los generados por recaudos del fondo de imprevistos, no deben incluirse en el saldo inicial del efectivo que se incluye en el presupuesto de caja, pues esto podría afectar el valor de las cuotas ordinarias que se establecen para el siguiente periodo y los objetivos del fondo no serían cumplidos.

De otra parte, agregó la entidad, también debe considerarse que los excedentes generados por la copropiedad y que forman parte del patrimonio no representan necesariamente flujos de efectivo, ya que pueden haberse originado por la causación de ingresos que aún no han sido recaudados.

Así las cosas, la estructura del informe de ejecución presupuestal es potestad de la administración, el cual debe garantizar un control directo entre las cuantías aprobadas por la asamblea y los valores debidamente ejecutados dentro de cada periodo o vigencia, garantizando el buen uso de los recursos y estableciendo medidas de control interno en cuanto a su manejo y propósito.  

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