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Actualizan productos que requieren autorización, permiso y certificación en la Vuce antes de su exportación (9:31 a.m.)

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13 de Febrero de 2018

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El Ministerio de Comercio dio a conocer la información que han remitido los ministerios de Ambiente y de Justicia en virtud de la cual es necesario modificar la Circular 24 del 2016, actualizada por la Circular 38 del 2016. Por ejemplo, para realizar la exportación de sustancias y productos químicos, cuyas partidas arancelarias se encuentran relacionadas en el anexo 11 de la circular, se requiere contar con certificado de carencia de informes por tráfico de estupefacientes vigente, que incluya la actividad de distribución o una autorización extraordinaria vigente que le faculte para realizar tal transacción. Por otra parte, señala los requisitos que verificará internamente Minjusticia para emitir la respectiva autorización previa a la exportación. La autorización previa de las sustancias antes mencionadas, en virtud de lo establecido por el Consejo Nacional de Estupefacientes, tendrá una vigencia improrrogable de 90 días y solo podrá ser utilizada por una única vez. Por último, modificó el anexo 8 en lo relacionado con las subpartidas que amparan especímenes de fauna y flora de control por Minambiente.

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