Acreencias tributarias por vehículos oficiales deben ser asumidas por la entidad que figura como propietaria de los mismos, así no los use (2:00 p.m.)
09 de Diciembre de 2011
Reproducir
Nota:
77836
En concepto autorizado recientemente, el Consejo de Estado señaló que aunque los vehículos de las entidades públicas no estén siendo usados por la entidad que aparece como propietaria en el registro, sino por otra, es la que figura en la tarjeta de propiedad la que debe responder por las obligaciones tributarias de ese bien. La Sala de Consulta y Servicio Civil, al responder una consulta elevada por el Ministerio de Hacienda, dijo que si no se pagan dichas obligaciones derivadas de los vehículos que aparecen como de su propiedad, podría eventualmente acarrearle responsabilidades fiscal y disciplinaria por rehusarse a efectuar el pago (C. P. Gustavo Aponte Santos).
Opina, Comenta