Reforma tributaria estructural 2016 - Congreso
¿Qué son y a quiénes beneficiarán las Zomac en la reforma tributaria?
27 de Octubre de 2016
Por más de cinco décadas, Colombia ha estado inmersa en un conflicto armado que ha dejado millones de víctimas y desplazados. Dentro de la geografía nacional hay algunos territorios que, social y económicamente, han sido más afectados que otros dentro del trance de la guerra y que requieren la intervención estatal para poder restablecer su progreso. (Lea: Además del impuesto a la gasolina viene el impuesto al carbono)
Es así como dentro de la reforma tributaria estructural se plantean algunos incentivos tributarios para cerrar las brechas de desigualdad socioeconómica en las zonas más afectadas por el conflicto, ahora denominadas Zomac.
Las Zomac estarán constituidas por el conjunto de municipios que sean considerados como más afectados por el conflicto y que para tal efecto serían definidos por el Ministerio de Hacienda, el Departamento Nacional de Planeación y la Agencia de Renovación del Territorio.
¿En qué consisten los beneficios para las Zomac?
A las empresas que se instalen en estas zonas, las cuales no se definen geográficamente dentro de la reforma, se otorgarían alivios en el pago del impuesto de renta, hasta el año 2027.
Así, las nuevas sociedades, sean micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, que tengan su domicilio principal y desarrollen toda su actividad económica en las Zomac efectuarán el pago del impuesto de renta y complementarios así:
i) Las nuevas sociedades que sean micro y pequeñas empresas que inicien sus actividades en las Zomac por los años 2017 a 2021 pagaran 0 % por concepto de impuesto de renta y complementarios.
A partir del año 2022 y hasta el 2024 la tarifa será del 25 % de la tarifa general del impuesto sobre la renta para personas jurídicas o asimiladas. Para los años 2025 a 2027 la tarifa será del 50 % de la tarifa general, y en adelante tributarán a la tarifa general.
ii) En cuanto a las medianas y grandes empresas que inicien sus actividades en las Zomac por los años 2017 a 2021 será del 50 % de la tarifa general del impuesto sobre la renta y complementarios. A partir del año 2022 y hasta el 2027 la tarifa será del 75 % de la tarifa general y en adelante las nuevas grandes sociedades tributarán a la tarifa general.
Micros, medianas o grandes empresas en las Zomac
Para que los beneficios tributarios anteriormente descritos se apliquen, las empresas deberán cumplir con los montos mínimos de inversión y de generación de empleo así:
Se considerará microempresa, en los términos de las Zomac, aquella cuyos activos totales no superen los 501 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv).
Será pequeña empresa aquella cuyos activos totales sean superiores a 501 smmlv pero inferiores a 5.001 smmlv.
Se define como mediana empresa aquella cuyos activos totales sean superiores a 5.001 e inferiores a 15.000 smmlv.
Por último, será gran empresa aquella cuyos activos totales sean iguales o superiores a 15.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Vale la pena mencionar que estos beneficios tributarios aplicarán únicamente a aquellas sociedades que inicien su actividad económica principal a partir de la promulgación de la reforma tributaria.
El inicio de la actividad económica se considerará a partir de la fecha de inscripción en el registro mercantil de la correspondiente Cámara de Comercio, con independencia de que la correspondiente empresa previamente haya operado como empresa informal, precisa el proyecto de ley.
Las excepciones
La reforma prevé que las empresas dedicadas a la minería y a la explotación de hidrocarburos, en virtud de concesiones legamente otorgadas, y las calificadas como grandes contribuyentes dedicadas a la actividad portuaria por concesión legalmente otorgada se excluyen del tratamiento tributario diferencial de las Zomac.
Congreso de la República, Proyecto de ley 163/16S-178/16C, Oct. 11/16
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