Columnistas
Preparación no solo es formación
17 de Abril de 2013
Ricardo Vásquez Bernal CP - Magister en Economía y Finanzas Socio de Baker Tilly Colombia Consulting rvasquez@bakertillycolombia.com
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Muchas empresas en Colombia estaban pendientes de la emisión de las normas de convergencia a estándares internacionales, para dar inicio a su proceso de implementación. Lo irónico es que, después de emitidas, muchos no tienen claro cómo adelantar el proceso y su único referente se basa en aplicar las fases que el Decreto 2784 de diciembre pasado definió, con la lógica de generar los reportes de las NIIF para el entrenamiento, la transición y la aplicación de las normas. De hecho, son varios los casos en los que las empresas se ajustan a los cronogramas definidos por los organismos de control y vigilancia, que no tienen más coherencia cronológica que la definición de la fecha del balance de apertura.
Varios foros se han adelantado sobre este particular, y quisiera colaborar con algunos puntos que pueden ayudar a establecer una metodología clara de implementación que le permita a las empresas entender y aplicar la convergencia como un proyecto de mediano y largo plazo.
En primer lugar, cabe advertir que la implementación implica generar un balance de apertura en una fecha de transición, que es normalmente el primer día hábil de un periodo contable. Las empresas del Grupo 1 que son las entidades grandes que, a su vez, cumplen la condición de grandes importadores, exportadores y pertenecientes a un grupo económico que aplican las NIIF deben hacerlo el 1° de enero del 2014. En este punto deben aplicarse normas de excepción y exención que admiten las NIIF en la primera vez, para evitar costos que superen los beneficios. Es un hito verdaderamente importante que debe analizarse racionalmente para evitar efectos e impactos futuros.
A partir de esa fecha, las empresas deben empezar a acumular sus operaciones bajo criterios de las NIIF, de manera que les permita la generación de sus reportes dando cumplimiento a los estándares internacionales. Como estos deben prepararse de manera comparada, las empresas cuentan con dos periodos contables consecutivos, el primero de los cuales se denomina en el decreto “fase de transición”, por cuanto es el tiempo en el cual las empresas deben hacer los ajustes de sus sistemas transaccionales y funcionales en un marco donde se mantienen vigentes los principios locales de general aceptación. El segundo se denomina “de aplicación”, en la medida en que se desmonta la contabilidad bajo normas locales y se empieza a aplicar de lleno la información de las NIIF, de manera oficial, soportada en una base transaccional y separada de los libros de efecto tributario. Un insumo vital durante estos periodos es el manual de las políticas regulares de las NIIF que soportan la generación de la información.
De cara al decreto, las empresas, entonces, vienen preparándose mediante la formación y el entrenamiento que les permita aplicar en extenso los condicionamientos técnicos expuestos.
El asunto de fondo es que no se puede llegar a hacer una implementación de la envergadura técnica anotada simplemente con el conocimiento acrítico de lo que hay que hacer para generar los reportes bajo las NIIF, sin considerar los impactos de manera previa. Están en juego, como factores críticos, la solidez patrimonial, la rentabilidad esperada, los indicadores del desempeño, los planes y presupuestos de inversión tecnológica –de requerirse–, los nuevos criterios funcionales y los ajustes a temas comerciales y contractuales, sin perjuicio de establecer posibles efectos en futuras políticas de aplicación tributaria y de pago de dividendos.
La verdadera preparación de la empresa exige, entonces, anticipar una simulación del balance de apertura y de los resultados futuros con periodos anteriores. Esto le permitirá identificar los impactos contables y financieros que producen las NIIF en su modelo de negocio, tanto en la transición como en fechas posteriores para validar alternativas de pertinencia. Con base en estos resultados, la empresa estaría en condiciones de establecer las políticas opcionales más convenientes para ciertos componentes. Así, con esta versión de manual de políticas estaría en capacidad –no antes ni después– de establecer los impactos requeridos en la tecnología y en los procesos, que deben incorporarse en el plan de acción a ejecutarse durante la fase de preparación y monitorearse y asegurarse en las fases posteriores que plantea el decreto. Solo así, la empresa puede asumir un proyecto claro, transparente, racional y responsable ante los dueños y terceros interesados.
Como corolario y con el ánimo de apoyar estos proyectos, se emitirá un libro denominado “ABC de NIIF” con el apoyo de LEGIS, que permitirá desarrollar e implementar las políticas centrales que propone la nueva regulación adoptada en Colombia.
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