Reforma tributaria estructural 2016 - Tributario
¿En qué consistiría el ‘monotributo’ para pequeños comerciantes?
14 de Octubre de 2016
Ante la inminente reforma tributaria, que será presentada el próximo martes al Congreso, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas ha entregado algunas novedades que traerá la iniciativa. (Lea: Reforma tributaria será presentada en el mes de octubre: Santos)
Una de las que más ha generado preocupación entre los pequeños comerciantes es la creación del “monotributo”. Ámbito Jurídico le presenta a grandes rasgos las principales características de este tributo:
¿En qué consiste?
El “monotributo” es una alternativa para simplificar el pago de impuestos que hoy ya se pagan y que formalizaría a los pequeños comerciantes con locales de menos de 50 m², con una tarifa reducida y de fácil cumplimiento, precisó el Ministro de Hacienda.
Remplazaría el impuesto de renta, será una alternativa al régimen simplificado de IVA, serviría para facilitar los pagos electrónicos (datafonos, entre otros) y no se cobraría retención en la fuente.
¿A quién aplica?
El “monotributo” solo aplicará a personas naturales que hoy ya declaran.
¿Qué beneficios se adquieren por pagar el “monotributo”?
Al pagar el “monotributo”, automáticamente se adquiere el derecho de afiliarse a una caja de compensación familiar y sus beneficios.
Adicionalmente, la persona que realice los pagos de impuestos bajo esta modalidad queda inscrita automáticamente en los beneficios económicos periódicos (Beps), que son un programa de ahorro voluntario que hace parte del nuevo modelo de protección para la vejez impulsando por el Gobierno Nacional.
¿Cómo se liquidará y pagará el “monotributo”?
Son tres las categorías para la liquidación y pago del monotributo y, dependiendo la categoría, se liquidará el impuesto bajo las siguientes características.
Categoría |
Rango de ingresos anuales en (UVT) |
Rango de ingresos anuales en pesos |
Tarifa mensual |
Aporte BEPS mensual |
Pago mensual a la Dian |
||
Desde |
Hasta |
Desde |
Hasta |
||||
A |
1.400 |
2.100 |
$ 41´654.200 |
$ 62´481.300 |
$ 40.000 |
$ 5.000 |
$ 35.000 |
B |
2.100 |
2.800 |
$ 62´481.300 |
$ 83.308.400 |
$ 60.000 |
$ 10.000 |
$ 50.000 |
C |
2.800 |
3.500 |
$ 83.308.400 |
$ 104.135.500 |
$ 80.000 |
$ 15.000 |
$ 65.000 |
De acuerdo a la información anteriormente graficada, un local comercial que facture mensualmente más de $ 3´471.183 tendrá que pagar mensualmente la suma de $ 80.000 por concepto de “monotributo” (esta cifra incluye: la tarifa mensual, el aporte a Beps y el pago mensual a la Dian).
Ministerio de Hacienda, Comunicado, Oct. 14/16
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