15 de Diciembre de 2024 /
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Noticias / Tecnología


Ya se pueden vender Iphone con tecnología 5G, revocan medida cautelar

16 de Noviembre de 2022

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El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, revocó las medidas que prohibían vender iPhone y iPad con tecnología 5G en Colombia. El Juzgado 43 Civil del Circuito de Bogotá había dado 11 órdenes en el marco de unas medidas cautelares a favor de la compañía Ericsson. Entre otras, ordenó que Apple Colombia no comercializara Iphone ni Ipad con tecnología 5g.

Apple demandó en diciembre del año pasado a Ericsson, señalándola de violar los términos que establecen un mercado equitativo en términos de patente.

El magistrado del tribunal revocó los autos del 28 de abril del 2022 y en su lugar negó las medidas extraprocesales solicitadas por Telegonktiebolaget LM Ericsson, ya que no fue posible inferir de forma razonable que se infringió la reivindicación planteada. No se condenó en costas, debido a que las decisiones adoptadas por el juez se fundaron en los elementos de convicción aportados por la parte solicitante en su momento, sin que tuviera acceso a lo acreditado con posterioridad por Apple Colombia SAS.

Medidas cautelares

Decretar medidas cautelares está sujeto a que el juez de conocimiento pueda constatar que:

  1. La petición sea seriamente indicativa de la comisión (o inminencia) de las conductas que se enuncian como infractoras.
  2. Que el material probatorio que hasta ese entonces se haya recaudado respalde esa narración; temática que puede mutar a propósito de la defensa del sujeto sobre el que recaen las respectivas cautelas (alcance de la revisión).

Así mismo, las medidas cautelares pueden ser preventivas, lo que implica que resultan procedentes para impedir la comisión de una infracción o evitar sus consecuencias, lo que conduce a inferir que no es necesaria la materialización del uso del método protegido (como en el caso concreto) para que resulten procedentes.

En este contexto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 589 del Código General del Proceso, frente a la existencia de medidas preventivas previas a la existencia de un proceso que “en los asuntos relacionados con violaciones a la propiedad intelectual, la competencia desleal y en los demás en que expresamente una ley especial permita la práctica de medidas cautelares extraprocesales, estas podrán solicitarse, decretarse y practicarse en el curso de una prueba extraprocesal. El juez las decretará cuando el peticionario acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos por dicha ley”. (M. S. Jorge Eduardo Ferreira Vargas).

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