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Usuarios de comunicaciones pueden solicitar la suspensión temporal del servicio hasta por dos meses

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08 de Abril de 2021

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Los usuarios de los servicios de comunicaciones deben cancelar el valor de los consumos disfrutados en el periodo de facturación correspondiente a un mes. Por su parte, corresponde al proveedor expedir y entregar sus facturas a más tardar en el periodo de facturación siguiente a aquel en que se hubieren causado los cargos correspondientes, con una antelación de por lo menos cinco días hábiles a la fecha de pago oportuno. Así mismo, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, los usuarios de servicios de comunicaciones tienen derecho a solicitar al proveedor la suspensión temporal del servicio hasta por dos meses, de manera continua o discontinua, en cada año calendario. Dicha solicitud debe realizarse antes del inicio del ciclo de facturación que desea suspender. De otra parte, los usuarios de los servicios de comunicaciones pueden presentar las peticiones, quejas y recursos (PQR) sobre la facturación antes de la fecha de pago oportuno, caso en el cual no deben pagar las sumas que sean objeto de reclamación. De lo contrario, deberán pagar el valor total de la factura. En todo caso, el usuario cuenta con seis meses, contados a partir de la fecha del pago oportuno, para presentar cualquier PQR relacionada con los conceptos incluidos en la factura. 

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