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25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 5 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tecnología


Último año para exención de renta por siete años para empresas de economía naranja

02 de Marzo de 2021

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El Gobierno recordó a todas las compañías de la economía naranja que el 2021 es el último año para acceder al beneficio de exención de renta por siete años, incentivo con el que se busca aportar a la generación de empleo y a la reactivación del sector cultural y creativo.

 

El primer plazo para aplicar de manera virtual será del 1º al 31 de marzo, a través de la plataforma www.economianaranja.gov.co. Los siguientes periodos están previstos para el 1º al 30 de julio, y del 1º de octubre al 31 de diciembre. (Lea: Empresas de la economía naranja exentas de renta deben realizar aportes y pago de parafiscales)

 

Este incentivo tributario está dirigido a empresas cuyo objeto social esté exclusivamente ligado al desarrollo de actividades culturales, creativas y/o de base tecnológica. También pueden aplicar compañías con actividades relacionadas, como el turismo cultural, el deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre.

 

¿Cómo aplicar?

 

Los interesados en aplicar a la convocatoria deben ser contribuyentes del impuesto sobre la renta, complementarios del régimen ordinario y tener su domicilio principal dentro del territorio colombiano. (Lea: ¿Qué empresas y cómo pueden acceder al incentivo tributario de la economía naranja?)

 

Adicionalmente, los ingresos brutos anuales de las empresas que se presenten no pueden ser superiores a 80.000 UVT, que equivalen a $ 2.904 millones. La única excepción es para las actividades de producción cinematográfica, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión, que sí podrán superar este monto.

 

Así mismo, las sociedades que apliquen deben garantizar una inversión mínima de 4.400 UVT, equivalentes a $ 159.755.200, en máximo tres años, que debe estar relacionada con adquisición de propiedad, planta y equipo, y/o activos intangibles, contemplados en el artículo 74, numerales 1 y 3 del Estatuto Tributario.

 

De igual manera, deben generar un mínimo de tres empleos dirigidos a personas que desempeñen funciones relacionadas directamente con actividades consideradas como de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas. No se admiten empleos de carácter administrativo.

 

Es importante resaltar que los administradores de la sociedad no califican como empleados para efectos de la exención de renta, se tendrán en cuenta aquellos que estén directamente relacionados con la actividad cultural, creativa o con el desarrollo tecnológico.

 

Una vez realizado el trámite virtual de inscripción, los documentos serán evaluados por un comité integrado por distintas dependencias del Ministerio de Cultura. Esta comisión de economía naranja será la encargada de expedir el concepto previo que le permitirá a la empresa acceder a la exención de renta. El término para dar respuesta a la solicitud es de 30 días hábiles. La inversión y generación de nuevos empleos deberá realizarse con posterioridad a la aprobación del proyecto de inversión por parte del comité.

 

Las inquietudes en torno a este proceso pueden enviarse a: Info-economianaranja@mincultura.gov.co.

 

Los interesados en aplicar deben verificar que el objeto social y todas las actividades económicas de la empresa estén enmarcadas dentro del siguiente listado:


 

CapturaTabla

Mincultura, Comunicado, Mar. 1/21.

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