Televisión por suscripción no se convierte en un servicio de valor agregado, para efectos de la tasa de compensación (1:23 p.m.)
30 de Agosto de 2011
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Nota:
75522
Independientemente de la tecnología, medio, red, estándar o protocolo que se utilice, el servicio de televisión por suscripción no se convierte en un servicio de valor agregado, para efectos del pago de la cuota de compensación económica fijada por el Gobierno Nacional. Por lo tanto, al estar fijada la tasa por el Estado, los operadores de televisión por suscripción que se denominan como servicios de valor agregado, sin que exista una real diferencia con el servicio básico, deben cumplir las normas de libre competencia económica. Así lo precisó la Superintendencia de Industria y Comercio, en concepto de junio.
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